jueves, 11 de abril de 2019

LEYES QUE AMPARAN A LAS COMUNIDADES INDÍGENAS



LEYES NACIONALES E INTERNACIONALES QUE

AMPARAN A LAS COMUNIDADES INDÍGENAS



 



A mis hermanos de las Comunidades de Huancabamba, que se mantienen firmes en su lucha contra el Proyecto Minero Río Blanco.

Estas son las leyes más importantes de la Constitución Política del Perú, del Convenio Internacional 169 de la OIT y de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Todas ellas amparan a las comunidades indígenas, y sin embargo son violadas continua y sistemáticamente por los sucesivos gobiernos del Perú y por otros países del mundo.


CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ

Art. 1°.– La defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.

Art. 44°.– Son deberes primordiales del Estado: defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general, fundamentado en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la nación.

Art. 59°.– El Estado estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y de empresa, comercio e industria. El ejercicio de estas libertades no debe ser lesivo a la moral, a la salud ni a la seguridad públicas.

Art. 89°.– Las comunidades campesinas y nativas tienen existencia legal y son personas jurídicas. Son autónomas en su organización, en el trabajo comunal y en el uso y libre disposición de sus tierras, así como en lo económico y administrativo, dentro del marco de la ley. La propiedad de sus tierras es imprescriptible.




CONVENIO 169 SOBRE PUEBLOS INDÍGENAS Y TRIBALES

OFICINA INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT)
Entrada en vigor: 5 de septiembre de 1991

Artículo 2

  1. Los gobiernos deberán asumir la responsabilidad de desarrollar, con la participación de los pueblos interesados, una acción coordinada y sistemática destinada a proteger sus derechos y a garantizar el respeto de su integridad.

Artículo 3

  1. Los pueblos indígenas y tribales deberán gozar plenamente de los derechos humanos y libertades fundamentales, sin obstáculos ni discriminación.

  2. No deberá emplearse ninguna forma de fuerza o coacción que viole estos derechos.

Artículo 4

  1. Deberán adoptarse las medidas especiales necesarias para salvaguardar a las personas, instituciones, bienes, trabajo, culturas y medio ambiente de los pueblos interesados.

Artículo 7

  1. Los pueblos interesados tienen derecho a decidir sus prioridades en el proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte sus vidas, creencias, instituciones, bienestar espiritual y las tierras que ocupan o utilizan. Asimismo, tienen derecho a controlar, en lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural.

  2. Los gobiernos deberán realizar estudios, en cooperación con dichos pueblos, para evaluar la incidencia social, espiritual, cultural y ambiental de las actividades de desarrollo previstas. Sus resultados deben ser criterios fundamentales para ejecutar dichas actividades.

  3. Los gobiernos deberán adoptar medidas, en cooperación con los pueblos interesados, para proteger y preservar el medio ambiente de los territorios que habitan.

Además, los pueblos interesados deberán contar con protección efectiva contra la violación de sus derechos y poder iniciar procedimientos legales directamente o a través de sus organizaciones representativas.

Artículo 13

  1. El término tierras incluye el concepto de territorios, que abarca la totalidad del hábitat de las regiones que los pueblos ocupan o utilizan.

Artículo 14

  1. Los gobiernos deberán adoptar las medidas necesarias para determinar las tierras que los pueblos ocupan tradicionalmente y garantizar la protección efectiva de sus derechos de propiedad y posesión.

Artículo 19

Los programas agrarios nacionales deberán garantizar a los pueblos indígenas condiciones equivalentes a las de los demás sectores de la población.

Artículo 21

Los miembros de los pueblos interesados deberán tener acceso a medios de formación profesional en condiciones cuando menos iguales a las del resto de ciudadanos.

Artículo 24

Los regímenes de seguridad social deberán extenderse progresivamente a dichos pueblos y aplicarse sin discriminación.

Artículo 26

Los gobiernos deberán garantizar a todos los miembros de los pueblos interesados el acceso a la educación en todos los niveles, en igualdad de condiciones con la comunidad nacional.

Artículo 29

La educación de los niños indígenas deberá impartir conocimientos y aptitudes que les permitan participar plenamente, en igualdad de condiciones, en la vida de su comunidad y de la comunidad nacional.


DECLARACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS (2007)

A continuación se enuncian los principales derechos contenidos en esta Declaración, que serán desarrollados más adelante:

— Libre determinación.
— Derecho a las tierras, territorios y recursos.
— Derechos económicos, sociales y culturales.
— Derechos colectivos.
— Igualdad y no discriminación.
— Derechos afirmados en tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos entre los pueblos indígenas y los Estados.


¡Por la defensa de las Comunidades Indígenas y de la Madre Naturaleza!

Alcalá de Henares, primavera de 2019.

NMS.


Ilustración de Martín Vite Bautista.


viernes, 5 de abril de 2019

LA RESISTENCIA DE LAS COMUNIDADES ANDINAS CONTRA LA EMPRESA MINERA CHINA MMG LAS BAMBAS



REFLEXIONES SOBRE EL CONFLICTO ENTRE LAS 

COMUNIDADES INDÍGENAS Y LA MINERA LAS BAMBAS




A mis aguerridos hermanos comuneros de los Andes.

Dicen que es progreso explotar una mina en el corazón de las comunidades andinas, o en la selva amazónica, o en África, para que estos pueblos salgan del subdesarrollo. ¿Será verdad?

En el Perú tenemos un ejemplo monumental de los efectos negativos de la minería: Cerro de Pasco. Después de siglos de explotación, ¿qué progreso real se observa allí? Alta contaminación ambiental, muerte de ríos como el Tingo y de lagunas como la Quiulacocha, donde ya no existe vida; niveles alarmantes de plomo en la sangre de miles de niños y comuneros; destrucción del tejido comunitario y aumento de la pobreza y la miseria. Mientras tanto, la gran burguesía extranjera monopólica y los sectores corruptos de los sucesivos gobiernos peruanos han obtenido fabulosas ganancias. Esa es la realidad.

En la mina Las Bambas, que afecta a más de cincuenta comunidades nativas en el corredor Apurímac–Cusco–Arequipa, se repiten —multiplicados— los mismos elementos que arrasaron Cerro de Pasco. Las empresas transnacionales Suiza Xstrata Copper (2004–2014) y China MMG Limited (2014–…), con capitales en paraísos fiscales como Islas Caimán, han evadido impuestos y no pagan impuesto a la renta ni canon minero; recién lo harán a partir de 2021. Corrupción global a la que se suma la corrupción nacional.

Desde el inicio del proyecto, en 2004, tanto los gobiernos como las compañías transnacionales aplicaron una política agresiva de hechos consumados. No informaron a las comunidades, luego las presionaron para aceptar el proyecto.

Cuando se organizaron para defenderse, respondieron con represión, amenazas y prebendas. “Si no aceptan, allí está la cárcel o la muerte”, les dijeron. En vez de proteger a las comunidades, como exige el artículo 44 de la Constitución del Perú y el Convenio 169 de la OIT, los gobiernos protegieron a las mineras enviando policías y militares, declarando estados de emergencia sucesivos, reprimiendo y matando a inocentes defensores de sus tierras. Debemos estar alertas para levantar un clamor nacional e internacional contra esta violencia.

Se dice que la minera MMG China es moderna y de última generación. Pero los especialistas han demostrado que ninguna técnica extractiva evita la contaminación. Las Bambas extrae el cobre a cielo abierto, lo que significa que los desechos químicos contaminan suelos y aguas superficiales y profundas; los gases tóxicos ascienden a la atmósfera; y el ecosistema queda gravemente alterado. Esto provoca pérdida de tierras de cultivo, desaparición de la ganadería y de la artesanía, enfermedades por metales pesados —que matan, sobre todo, a los niños—, desplazamiento y destrucción de las comunidades. La modernidad solo ha acelerado la sobreexplotación y, con ello, la devastación.




 El traslado del mineral —sea por mineroducto o por camiones— también resulta contaminante. Ambos métodos son dañosos; no existe un “mal menor”. Es otro engaño dirigido a las comunidades.

El bloqueo de la carretera por parte de la comunidad de Fuerabamba, para impedir el transporte del mineral hacia el puerto de Matarani (Arequipa), está plenamente justificado: la empresa construyó la vía sin autorización comunal, sobre tierras de cultivo. Aunque el problema central es la contaminación y destrucción de la vida, el bloqueo constituye una justa reivindicación. Las autoridades, sin embargo, han criminalizado la protesta, encarcelando a dirigentes y asesores legales que defienden derechos humanos.

Por ahora, la minera Las Bambas —respaldada por la corrupción nacional y por medios de comunicación serviles al gran capital— seguirá extrayendo mineral, contaminando y destruyendo. Pero llegará el momento en que las comunidades nativas se levanten, para no convertirse en otro Cerro de Pasco. Lucharán con inteligencia y conciencia, como lo han hecho las comunidades de Salinas Grandes y Laguna de Guayatayoc (Jujuy, Argentina), declaradas en alerta bajo la consigna: “No al litio, sí al agua y a la vida”. Como lo hizo Tambogrande (Piura, Perú), que en la consulta popular de junio de 2002 rechazó el proyecto minero con un 94% de votos. Y como siguen luchando nuestros hermanos amazónicos, ofreciendo sus vidas para defender el pulmón del planeta.

La resistencia de las comunidades indígenas y de los pueblos del mundo forma parte de la resistencia general en esta  época oscura del Antropoceno (el hombre que con conciencia destruye a la naturaleza). 

 ¡Por la defensa de las comunidades indígenas y de la Madre Naturaleza!


Alcalá de Henares, primavera de 2019.


NMS

Ilustraciones de Martín Vite Bautista.



Twitter Delicious Facebook Digg Stumbleupon Favorites More

 
Design by Free WordPress Themes | Bloggerized by Lasantha - Premium Blogger Themes | Bluehost